Cada día que pasa se descubren nuevas y mayores modificaciones a los textos aprobados a la carrera y a último momento por parte de la Asamblea Constituyente.
Aquellas modificaciones fueron realizadas por asambleístas, delegados del Gobierno o "correctores de redacción", quienes cambiaron el contenido de artículos aprobados por el pleno, sin que haya existido, en su momento, una solicitud de inclusión, reconsideración o modificación.
La inclusión gravísima del espectro radioeléctrico dentro del art. 408, que se refiere a la propiedad inalienable e inembargable de los recursos naturales, los productos del subsuelo, los yacimientos, etc., es una burla flagrante a la delegación que el pueblo dio a sus asambleístas. Esta inclusión otorga al Estado la propiedad sobre los beneficios que la operación de medios de comunicación electrónicos proporciona a sus empresarios, empleados y trabajadores. Rompe totalmente la libertad de asociación y de comunicación al ordenar la estatización parcial de radiodifusoras y televisoras, exigiendo su participación igualitaria en las empresas de radio y televisión.
Una propuesta constitucional comprensible para preservar los recursos naturales no renovables y la biodiversidad se utiliza fraudulentamente para apropiarse del espectro radioeléctrico, tratándose de aprovechar inmoralmente de los beneficios que esa actividad reporte.
Esta acción solapada equivale a una estatización a medias de los medios audiovisuales.
Fuente: Hoy, Ecuador
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