El censo nacional de radios comunitarias fue un llamado del Poder Ejecutivo dispuesto en la ley de radiodifusión comunitaria, para que las radios comunitarias regularizaran su situación, desde este llamado ya pasaron dos largos años hasta su finalización.
El Consejo Honorario Asesor de Radiodifusión Comunitaria (CHARC), el cual AMARC Uruguay integra desde su conformación, estuvo trabajando incansablemente, sin presupuesto y sin infraestructura propia para poder procesar las 412 solicitudes de asignación de frecuencias de radiodifusión comunitaria para su regulación. El trabajo de los integrantes en el CHARC fue analizar cada una de las solicitudes y evaluar su concordancia con la ley 18.232.
Esto derivó en que 38 radios comunitarias fueran regularizadas hace ya dos años y otras mas sean regularizadas junto a este cierre del censo. Pero claro también muchas radios (religiosas, comerciales, político-partidarias) fueron rechazadas por no cumplir con las condiciones de radio comunitaria.
Es oportuno destacar algunas de esas condiciones que establece la Ley 18.232 en su artículo 4 y que dichas radios no han probado cumplir, lo que motivó que resulten excluidas en este primer censo. Las radios comunitarias no tiene finalidades de lucro, promueven los derechos humanos, la diversidad cultural, la pluralidad de informaciones y opiniones, no realizan proselitismo político partidario o religioso, ni promueven la discriminación de raza, etnia, género, orientación sexual, religión, edad o de cualquier otro tipo.
Amarc Uruguay destaca la importancia de la finalización del primer censo nacional de radios comunitarias, que es también el cierre de esta primera etapa que habilita el comienzo de otras para aquellos proyectos comunitarios que hace más de dos años que están esperando para presentarse al primer llamado para asignación de frecuencias de radiodifusión comunitaria y solicitamos a las autoridades acelerar la implementación de nuevos llamados.
Fuente: Etcétera, México
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