En cumplimiento con el artículo 89 de la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, se reservó la asignación de señales de FM para cada uno de los más de 1200 municipios que hay en el país (entre ellos a la Municipalidadde Orán).
A partir de esta medida, cada pueblo podrá tener su propia estación de radio de frecuencia modulada. Para obtener la autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de tal servicio se deberá presentar la siguiente documentación: - Carta Presentación suscripta por el intendente requiriente - Adjuntar planillas 1 y 2, además del Proyecto de Sustentabilidad, conforme al Artículo 37 de la Ley 26.522 y su Reglamentación aprobada por Decreto 1225/10.
Esta documentación puede ser presentada ante esta Autoridad Federal a través de las delegaciones de cada provincia o bien ser remitida por correo a la sede central. El petitorio, se basará fundamentalmente en los siguientes conceptos: Valoración y reconocimiento del Patrimonio Cultural Nacional Preservación del idioma nacional Promoción del conocimiento del Patrimonio Nacional cultural y natural Difusión de contenidos educativos, formales y no formales Preservación y fortalecimiento de las pautas culturales de los pueblos indígenas así como también su lengua, cosmovisión, identidad étnica Promoción de las manifestaciones e iniciativas culturales artísticas de origen nacional Valoración por el conocimiento, saberes y prácticas que provengan de diferentes ámbitos: académico, científico, histórico y cotidiano Consideración de las diferentes identidades culturales tales como religiosas, filosóficas, políticas, étnicas, entre otras. Difusión de sus prácticas y costumbres
Fuente: Diario Más, Argentina
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