sábado, 22 de diciembre de 2007

URUGUAY: Más de 260 radios operan en el país sin autorización

El País, 21 de diciembre de 2007 - Sebastián Cabrera

En Uruguay hay 263 emisoras no autorizadas. Solo una pequeña porción será legalizada por la nueva ley. Desde la organización de radios comunitarias se admite que al gobierno no le quedará otra que cerrar los medios que no entren en la regularización.
Hace dos semanas el Parlamento aprobó la ley que establece el Servicio de Radiodifusión Comunitaria, prestado por asociaciones civiles sin fines de lucro. La ley todavía debe ser promulgada por el Poder Ejecutivo y la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) tiene dos meses para hacer un censo de radios comunitarias.

Desde la Presidencia de la Ursec hay un silencio sepulcral, pero el director blanco Juan José Camelo tiene una visión general crítica de la normativa, aunque está de acuerdo en que existan radios comunitarias legales y aprueba algunos aspectos de la ley. "Van a seguir existiendo radios no autorizadas. Aquellos que no sean beneficiados con la calificación de medios comunitarios, intentarán seguir operando y otros se van a instalar con la expectativa de una nueva regularización, en especial teniendo en cuenta que no hay una sanción grave", dijo Camelo a El País.

El director de la Ursec también entiende que la ley "diluye" las diferencias entre las radios comerciales y comunitarias al permitir hacer publicidad, y opina que se premia a las emisoras que se instalaron sin autorización.
El País intentó consultar al presidente de la Ursec, León Lev, pero no hubo respuesta.

Desde la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc) se entiende que la ley se presenta como un "desafío" para las emisoras comunitarias, dijo un integrante de la organización. Admitió que probablemente la Ursec ahora "no tendrá más remedio que actuar" y probablemente cerrar los medios que no entren en la regularización prevista.

La ley prevé que se reserve al menos un tercio del espacio radioeléctrico para la radio (AM y FM) y televisión comunitaria. Camelo advierte que eso será "muy difícil" de lograr. "En AM, por ejemplo, el espectro está absolutamente limitado, con el diseño actual no habría lugar. Se harán estudios para ver si se puede reducir el límite de protección", opinó Camelo.

Más allá de regularizar la situación de algunas emisoras que ya están al aire, el principio general para la asignación de frecuencias es la realización de concursos abiertos y públicos. Habrá auditorías anuales de las emisoras, para verificar que cumplan con los objetivos comunitarios. La ley establece dos llamados al año.

Camelo sostiene que eso es "excesivo", ya que el espectro radiofónico es limitado.

La nueva normativa permite que las emisoras comunitarias realicen publicidad, lo cual "diluye las diferencias con las radios comerciales", según el director de la Ursec. Un proyecto de la Ursec del año 2003 excluía la realización de avisos comerciales.

El organismo hará un censo de las emisoras interesadas en ser regularizadas. La presentación al censo será voluntaria. Las emisoras que lo hagan deben estar al aire desde por lo menos un año antes de la entrada en vigencia de la ley. En los cuatro meses siguientes al cierre del censo, la Ursec -junto a un Consejo Honorario Asesor de Radiodifusión Comunitaria- concretará la regularización de las emisoras identificadas como comunitarias.

"¿Cómo se determina cuáles son comunitarias? Todas las que están funcionando se atribuirán la calidad de comunitarias. ¿Cómo se probará si una radio está transmitiendo desde hace doce meses?", preguntó Camelo. El director entiende que el sistema utilizado implica "premiar la irregularidad de quienes se instalaron sin autorización". Y advirtió: "Bienvenido que se apruebe una ley de este tipo. Lo que no está bien es que se regularice de esta forma, digitando, premiando a las que están en infracción".

La mayoría de las emisoras no entraría en el perfil comunitarioDe los 263 medios no autorizados que transmitían en octubre pasado, sólo 64 (24%) estarían incluidos en la categoría de "comunitarios", con las características definidas en la ley, según una investigación sobre medios electrónicos, aún inédita, realizada por Carlos García Rubio, Edison Lanza y Gustavo Gómez.

El 29% (unas 76) son radios religiosas y el resto (123, el 47%) van en una tercera categoría, donde -a juicio de los autores- la gran mayoría son simplemente radios comerciales sin permiso y con programación básicamente musical.

La gran mayoría de las radios ilegales están en el interior: 205 de las 263 relevadas. La ley prevé que en los lugares donde exista disponibilidad de espectro radioeléctrico, se habiliten aquellas propuestas que (luego del censo) efectivamente encuadren en el perfil de radio "comunitaria". Pero en los lugares con limitaciones de espacio se harán concursos de oposición.

La ley no establece límites para el alcance de las emisoras. En cambio, un proyecto de ley elaborado en 2003 por las autoridades de entonces de la Ursec permitía sólo las radios barriales y prohibía los avisos comerciales, aunque habilitaba donaciones, auspicios y aportes solidarios.


Horacio Nigro, Montevideo, Uruguay en Lista Conexión Digital

viernes, 21 de diciembre de 2007

MEXICO. Factor de riesgo, la aplicación de la tecnología IBOC

21-DIC/2007
La Comisión Federal de Competencia (Cofeco) consideró que el hecho de que los radiodifusores ubicados en la frontera norte del país puedan implantar el estándar digital estadounidense IBOC podría ser un factor de riesgo para favorecer o determinar de forma prematura la adopción de esta tecnología para el resto de los concesionarios en todo el país.

“Esto podría crear ineficiencias, como complicaciones posteriores en la transición nacional a la radio digital”, sostuvo la Cofeco.Lo anterior, “debido a que en caso de que el comité determine la conveniencia de un estándar distinto al IBOC, los radiodifusores que hayan invertido en modificar sus instalaciones incurrirán en gastos adicionales”, señaló.

En una carta enviada a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), como parte del proceso de consulta pública del acuerdo de política de transición a la radio digital terrestre para los concesionarios y permisionarios de la frontera norte, la Cofeco destacó que al tener los radiodifusores de la frontera con Estados Unidos esta tecnología, también se crearían condiciones de incertidumbre en perjuicio de los concesionarios y permisionarios mexicanos.

En este sentido, el órgano antimonopolio consideró que se debe acelerar el proceso de análisis y evaluación de las tecnologías digitales que desarrolla el Comité Consultivo de Tecnologías Digitales para la Radiodifusión.

Ello, con la finalidad de determinar lo antes posible el estándar tecnológico para toda la industria de la radiodifusión.

Indicó que el anteproyecto emitido por la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) tiene como objetivo permitir a los radiodifusores de esa zona hacer transmisiones con el sistema IBOC de manera voluntaria.

Lo anterior, con la finalidad de que la prestación de sus servicios se encuentre en igualdad de condiciones tecnológicas a las que se tienen en las estaciones de la radiodifusión de Estados Unidos.

La decisión de la Cofetel se basó en la necesidad de resolver la problemática de la disminución en la calidad de la recepción de las señales emitidas por las estaciones mexicanas, por el proceso de transición a la tecnología digital que realizan las emisoras del vecino país del norte.

Incluso, el órgano regulador motivó su decisión en el hecho de que si los radiodifusores no adoptan este esquema rápidamente entonces se correría el riesgo de una invasión espectral en la zona de coordinación prevista en los Acuerdos Bilaterales suscritos con Estados Unidos.

Pero ante los riesgos detectados, la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) recomendó a la Cofetel que considere otras opciones o instrumentos para solucionar esta problemática, con la finalidad de evitar los peligros mencionados y para asegurar la adopción de la tecnología digital más eficiente para las condiciones particulares del país.

Fuente: El Universal

FM. ADJUDICACIONES EN VALLECITO, LAGUNA LARGA, TUCUMAN, FRIAS, CALCHAQUI Y SANTIAGO DEL ESTERO

21-DIC/2007
Como parte del Proceso de Normalización de FM, el COMFER adjudicó las siguientes licencias:

Boletín Oficial del 7 de diciembre. Resolución 1747. Adjudica a la señora Susana Beatriz MIRANDA REINOSO (D.N.I. Nº 14.609.885), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación Categoría E, que operará en el Canal 286, frecuencia 105.1 MHz., identificada con la señal distintiva “LRN341”, de la localidad de VALLECITO, provincia de SAN JUAN.

Resolución 1751. Adjudica al señor RUBEN RICARDO ALMARAZ (D.N.I. Nº 21.997.674), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación que operará en el Canal 287, Frecuencia 105.3 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva “LRJ 389”, de la localidad de LAGUNA LARGA, provincia de CORDOBA.Boletín Oficial del 10 de diciembre.Resolución 1765. Aprueba los actos del concurso público para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación Categoría D, Canal 262, Frecuencia 100.3 MHz., identificada con la señal distintiva “LRK 338”, para la ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN, provincia de TUCUMAN. Adjudica al señor Pascual CAMACHO (DNI Nº 8.096.140), la licencia en cuestión.

Resolución 1766. Adjudica al señor Marcelo Arnoldo SAAD (D.N.I. Nº 17.889.916), una licencia que operará en el Canal 237, Frecuencia 95.3 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva “LRK 373”, de la localidad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima.Resolución 1779. Adjudicaa la firma PRODUCCIONES UNIVERSALES SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada por los señores Roberto CURA (D.N.I. Nº 17.438.427) y Ramón Alejandro VALDEZ (D.N.I. Nº 24.346.772), una licencia que operará en el Canal 235, frecuencia 94.9 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva “LRK 957”, de la localidad de FRIAS, provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.

Resolución 1780. Adjudica al señor Rubén Alberto ALTHAUS (D.N.I. Nº 11.620.110), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación que operará en el Canal 281, frecuencia 104.1 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva “LRM 947”, de la localidad de CALCHAQUI, provincia de SANTA FE. Asimismo, cancela el permiso precario y provisorio inscripto en el Registro Decreto Nº 1357/89 bajo el Nº 1750 (solicitud de reinscripción Nº 0345).


http://www.radiodifusiondata.com.ar/2007/dic07/fm.htm

jueves, 20 de diciembre de 2007

LLAMADO SOLIDARIO. SENADO APROBO REFORMA A LA LEY DE RADIODIFUSION

20-DIC/2007
Un proyecto de modificación de la Ley de Radiodifusión de la legisladora Sonia Escudero ya tiene media sanción en el Senado. Establece que si la Justicia lo solicita, los medios de comunicación deberán transmitir mensajes orientados a encontrar personas desaparecidas. Está a la espera de la aprobación de la Cámara Baja para ser ley.

Si bien en los medios audiovisuales suelen aparecer avisos de difusión de mensajes de búsqueda de personas desaparecidas, el servicio “es espaciado y limitado a casos de alta notoriedad pública”, denunció la autora del proyecto, la senadora justicialista Sonia Escudero.
También fue impulsado por la ya ex senadora porteña y actual diputada María Laura Leguizamón, con el propósito de crear una disposición legal “que asegure en la práctica el mecanismo que active la solidaridad social a través de la puesta en conocimiento de la comunidad de aquellos casos que, aún sin tener espectacularidad, afectan profundamente a la sociedad toda”. El proyecto cuenta ya con media sanción del Senado y ya fue girado para su revisión a Diputados. Busca modificar la ley de radiodifusión 22.285 en su artículo 72, para lo que propone que las transmisiones sean sin cargo en todos aquellos casos en que se transmitan mensajes relacionados con la búsqueda o paradero de personas. Como condición impone que deberán ser requeridos por orden judicial.Así, el artículo 1º, modificaría el inciso f del artículo 72 de la Ley 22.285, que detalla: “Para difundir mensajes de interés nacional, regional o local, cuya emisión disponga el Comité Federal de Radiodifusión, incluyendo entre éstos la búsqueda o paradero de personas que sean requeridos por orden judicial fundando su alcance, hasta un minuto y treinta segundos por hora. A tal efecto los licenciatarios podrán distribuir los mensajes conforme los segmentos horarios indicados en el artículo 71.”Escudero, manifestó que “con la llegada de la democracia toda la sociedad y, por ende, las empresas de medios audiovisuales estaban sensibilizados con la búsqueda de personas”, pero lamentablemente esas acciones solidarias se fueron perdiendo, y eso es lo que se propone revertir la senadora con su proyecto.En caso de que la Cámara de Diputados lo apruebe, debería tornarse más accesible la posibilidad de encontrar personas perdidas (ya sea con facultades mentales disminuidas o bien menores que fugaron de sus hogares). Además, agrega la senadora, la medida podría ser útil para combatir “delitos aberrantes” como la trata de personas.


Fuente: Diario Judicial

http://www.radiodifusiondata.com.ar/2007/dic07/proyecto-art72.htm

Transferencia de PPP en Mendoza

20-DIC/2007
A través de la Resolución 1745 el COMFER autorizó la transferencia del permiso precario y provisorio correspondiente a la estación denominada "FM ALFARRADIO", que opera en la frecuencia 97.9 MHz. en la ciudad de Mendoza, a favor de la señora Estella Maris TIEDE (DNI Nº 6.051.590).
Según consta en los "considerandos" del acto administrativo, publicado en el Boletín Oficial del 5 de diciembre, el PPP pertenecía al señor Orestes Amor NAVARRO, que cedió a la señora TIEDE los derechos correspondientes a la emisora el 20 de mayo de 2004.


http://www.radiodifusiondata.com.ar/2007/dic07/ppp-mendoza.htm