domingo, 19 de febrero de 2012

ESPAÑA: Concurso de radios: licencia para ocultar

En julio de 2010, el Gobierno de Canarias inició el concurso para otorgar 156 licencias de radio de frecuencia modulada. El proceso, estancado, está plagado de incertidumbre y polémicas y, sobre todo, falto de transparencia.

El martes pasado, un diputado del PP preguntó en el Parlamento al Gobierno canario por la marcha del concurso de concesión de licencias radiofónicas de frecuencia modulada en las Islas. La respuesta que dio el consejero de Economía y Hacienda ("por supuesto" que se resolverá, pero no puede decir cuándo porque eso depende la mesa de contratación) fue tan ambigua como le fue posible. No es de extrañar: era el fiel reflejo de una actuación -la del Ejecutivo de Paulino Rivero- que si no es de prevaricación en este asunto se le parece bastante. Tal es el cúmulo de irregularidades que se han producido hasta ahora en el concurso. Como guía para seguir esos vericuetos, valga el ejemplo de los avatares que ha sufrido la petición de Radio El Día.

Del repaso de lo acontecido desde que el Gobierno de Canarias publicó en el BOC el 29 de julio de 2010 la convocatoria para el concurso de emisoras de radio de FM, se deducen las siguientes irregularidades: modificación de las bases con el proceso en marcha; negativas reiteradas del Gobierno (incumpliendo la ley) a mostrar a los solicitantes rechazados la valoración de su propuesta; ocultación de información a los concursantes que recurren; incumplimiento de los criterios al constituir la mesa que valoró las propuestas; sospechas de haber facilitado información exclusiva, y en secreto, a determinado concursante...

Pero empecemos desde el principio. Desde 1989 no había habido convocatoria alguna en Canarias para otorgar nuevas licencias de radio, lo que hizo que durante todo este tiempo florecieran multitud de emisoras que, aprovechando la endémica inactividad de las autoridades de estas Islas, emprendieran su aventura aun careciendo de licencia y que, al llegar la convocatoria del concurso, vieron la oportunidad de legalizar esas radios. Ese era un planteamiento tan socialmente asumido estos años que, por ejemplo, a la inauguración de Radio El Día acudió el entonces presidente de Canarias, Román Rodríguez.

Volviendo a julio de 2010, el Gobierno de Canarias disponía de seis meses desde la convocatoria para resolver el concurso, siguiendo el mandato de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Los licitantes debían presentar sus ofertas antes de las 14:00 horas del 30 de septiembre de 2010, pero el Ejecutivo no fue capaz de resolver el expediente en el plazo y lo prorrogó dos veces: la primera, tres meses más, el máximo legal permitido, y la segunda, fuera ya de lo que la ley permite, un mes. Aún a día de hoy, año y medio después, no ha resuelto nada.

No obstante, el pasado verano, en la sede la sede digital del Gobierno de Canarias se "colgaron" en archivo PDF no solo las valoraciones realizadas por la comisión creada al efecto, sino que también se daba cuenta el 9 de junio de que los adjudicatarios propuestos deberían aportar "la documentación requerida según las bases". Aquellas valoraciones han sido objeto de sucesivas modificaciones puntuales. El simple transcurso del tiempo legal del que disponía el Gobierno para resolver el concurso habilitaba a los licitantes para entender desestimadas sus solicitudes e interponer el correspondiente recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, como así ocurrió en varios casos, entre ellos, el de Radio El Día.

Pero las valoraciones publicadas por el Gobierno de Canarias contenían múltiples y extrañas contradicciones que precisaban una explicación convincente, ya que emisoras de reconocida implantación y audiencia quedaban fuera de la adjudicación de alguna emisora, con lo que estaban abocadas a su cierre. En el caso de Radio El Día, se solicitó por dos veces la vista del expediente administrativo, recibiendo del Gobierno la callada por respuesta, lo que obligó acudir a los tribunales y de ese modo acceder al misterioso e inaccesible expediente administrativo.

A la vuelta del verano, cuando el Gobierno fue requerido por la Sala de lo Contencioso Administrativo para remitir el expediente administrativo, hizo oídos sordos, obligando a solicitar a la Sala un nuevo requerimiento a la Administración para que cumpliera la obligación legal de remitir el expediente. No obstante, el equipo de Paulino Rivero, volviendo a incumplir su obligación, presentó una solicitud de suspensión de la remisión del expediente alegando que aún se estaban "realizando los trabajos de valoración". La Sala denegó la solicitud del Gobierno, que fue requerido nuevamente para que facilitara el expediente. Quedaba clara, pues, la voluntad de la Administración de poner cuantos obstáculos fueran posibles para que nadie examinara el expediente al tiempo que ganaba tiempo para "vestir el santo".

Finalmente, seis meses, el Gobierno envió la documentación que se le requería pero, una vez más, incumpliendo parcialmente la orden de la Sala de lo Contencioso, puesto que lo que remitía es solo una parte del expediente. Excluía las ofertas presentadas por los otros licitantes y las que estaban en soporte óptico que, al ser en formato o digital, cualquier alteración deja una huella fácil de detectar.

Además, el Gobierno tampoco incluyó en el requerimiento que le hacía Radio El Día documento alguno sobre la aplicación de los subcriterios aprobados por la comisión de valoración de las propuestas ni las deliberaciones ni los trabajos, es decir, las anotaciones propias de los miembros de la mesa de valoración y los especialistas correspondientes o estudios encargados a terceros. Documentos que, dada la naturaleza selectiva del concurso, son fundamentales también para que la sala pueda enjuiciar la actuación de la Administración.

Por esas razones, el expediente ha sido devuelto para que se remita completo. A pesar de las amputaciones, deja al descubierto algunas cuestiones interesantes. Por ejemplo, la comisión de valoración no estaba compuesta por expertos en el medio radiofónico, ni tan siquiera en medios de comunicación, ni tampoco se publicó su composición. Es decir, no era posible recusar a sus miembros. Esta última circunstancia ha sido valorada por el Tribunal Supremo como causa de nulidad. Lo más curioso es que aún hoy el Gobierno de Canarias anda defendiendo en otro concurso similar, el de la televisión digital terrestre, el de que tuvo que contratar a una empresa externa para hacer las valoraciones de las propuestas presentadas alegando que carece de funcionarios capacitados para ello.

Criterios de adjudicación

El presidente de la comisión de evaluación del Concurso de FM en Canarias ya había reconocido a esas alturas, y sin pudor alguno, la introducción a posteriori de criterios de valoración para conceder las licencias.

Con ocasión del revuelo levantado por la publicación de las puntuaciones a cada peticionario, decía hace unos meses, en una comparecencia a medio camino entre la rueda de prensa y la flagelación pública: "La mesa ha tenido que ir fijando criterios porque la casuística es muy grande".

Es decir que, conocida la "casuística", o, lo que es lo mismo, el contenido de las ofertas de los licitantes, se establecieron determinados criterios para baremar.

Esto equivale a añadir reglas al juego una vez empezado el partido y se ha confirmado con los hechos: en el expediente consta un acta donde la comisión de valoración, una vez abiertos los sobres, acuerda unos criterios que nunca fueron revelados a los licitantes. Algunos de ellos discriminando abiertamente a los que ya tenían su proyecto radiofónico funcionando. Por ejemplo, al no contemplar, en relación al proyecto técnico y su ejecución, que estos casos no necesitaban planes de inversión ni ejecución de obra ni de instalaciones.

Esos subcriterios aprobados a espaldas de los licitantes contrariaban también el derecho a emitir en cadena que otorga la Ley de Comunicación Audiovisual a los operadores radiofónicos, así como el derecho a que la experiencia del operador fuera tenida en cuenta en las adjudicaciones.

La sucesión de actos que revela el expediente es la siguiente: los sobres con las ofertas de los licitantes se abrieron el 31 de enero de 2011. Hasta el 4 de marzo no se levanta un acta en el que se decide que la valoración de las memorias se va a hacer internamente, pero contando con un técnico asesor. El 8 de abril se decide el baremo de puntuación detallado, aprobando los subcriterios citados. Si estos hubieran sido aprobados antes de la apertura de las ofertas, no podría pensarse que hubieran sido orientados para favorecer a unos licitantes en particular, pero el extraño resultado de las valoraciones y las circunstancias relatadas hacen pensar lo contrario.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado en numerosas ocasiones sobre la valoración de los criterios de adjudicación en este tipo de concursos públicos. Así, en las sentencias de 24 de noviembre de 2005 (asunto C-331/04, ATI EAC) y de 24 de enero de 2008 (asunto C-532/06, Lianakis), en que se destaca la obligatoriedad de establecer previamente en los pliegos los criterios de adjudicación del contrato y su ponderación. Tres son las condiciones a este respecto establecidas por la jurisprudencia europea: 1: que no se modifiquen los criterios previamente establecidos en los pliegos o bases; 2: que no se incorporen elementos que de haber sido conocidos en el momento de preparación de las ofertas hubieran podido influir en las mismas, y 3: que la decisión final no haya sido tomada teniendo en cuenta elementos que pudieran tener efectos discriminatorios en perjuicio de alguno o algunos concursantes.

La información facilitada

El amputado expediente administrativo de las radios de FM también ha puesto de manifiesto que hubo algún licitante que preguntó por escrito cosas que, con la Ley General Audiovisual en la mano, el resto de licitantes las habían dado por seguras, puesto que están configuradas como derechos de los operadores; por ejemplo, la emisión en cadena. Sin embargo, la contestación a preguntas aparentemente tan banales, hechas por escrito, tuvo carácter secreto, puesto que no consta en el expediente. Se da la circunstancia de que el licitante "preguntón" fue beneficiado con gran número de licencias, lo que lleva a concluir que pudo obtener información exclusiva que le permitió elaborar sus ofertas "ad hoc".

Finalmente, una singularidad más de esta cadena de despropósitos: un despacho de abogados, a la sazón implicado también en Valencia en un asunto de falsedad documental, presentó a destiempo la documentación de un gran número de licitantes para el concurso de Canarias. Cuando el funcionarios de la oficina de Correos en la que dijo haber presentado los documentos hubo de informar al respecto declaró que él no había recibido tales documentos y que el sello de la oficina de Correos había sido falsificado.

Este problema ha dado lugar a diligencias penales. Extrañamente, algunos licitantes conocidos que habían ido de la mano del ese mismo despacho, después de pregonar a los cuatro vientos su desgraciada exclusión del concurso, fueron admitidos otra vez.

Fuente: El Día, España

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