miércoles, 2 de noviembre de 2011

PARAGUAY: Legislativo podrá tener radio y TV

El Poder Ejecutivo promulgó la modificación que se hizo al artículo 34 de la Ley Nº 642/95 “De telecomunicaciones”, y habilitó al Poder Legislativo a instalar servicios de difusión (radios) enmarcados dentro del Plan Nacional de Frecuencias.  

La normativa establece que  el Poder Legislativo podrá  disponer de dos frecuencias para canales de aire, una para la Cámara de Senadores y otra para la de Diputados, “para la presentación de servicios de televisión con sus correspondientes estaciones repetidoras que cubran todos los departamentos del país”, según la normativa.

La ley también asigna a cada Cámara del Congreso “una frecuencia en Amplitud Modulada (AM) de cobertura nacional y otra en Frecuencia Modulada (FM) en cada departamento y frecuencias en ondas cortas”.
   
La ley establece que “Los servicios de difusión se instalarán y operarán conforme al Plan Nacional de Frecuencias. Los licenciatarios determinarán el equipo técnico y las características edilicias de sus plantas”.

La Cámara de Diputados tiene una radio FM de poco alcance, denominada “Radio Cámara”. Al  mismo tiempo está instalando un canal de televisión. Cuenta con equipos de última generación donados por el gobierno de China en Taiwán.

Ambos tienen sus estudios en el mismo edificio del Congreso, desde donde transmite normalmente las sesiones ordinarias de  la Cámara Baja.

El proyecto de modificación de la ley se había originado en la Cámara Baja, justamente con el objetivo de abrir camino para tener un canal propio.

Fuente: ABC Color, Paraguay

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