viernes, 7 de enero de 2011

ESPAÑA: El precinto de Canal Telde sacrificó derechos fundamentales

La Fiscalía pide la nulidad de la resolución de la jueza Zabala y de las pruebas obtenidas por la Guardia Civil

Telde.- El fiscal del Estado, Antonio Amor López, cree que la operación judicial que ordenó en julio de 2010 precintar y requisar material de la emisora Canal Telde es nula de pleno de derecho al basarse en una denuncia que no aportó datos precisos y concretos de infracción penal alguna en la actividad de la radio municipal. Recalca que sacrificó derechos fundamentales sin que existieran indicios de delito.

En su escrito de alegaciones en el recurso de apelación interpuesto por la empresa municipal Gestel contra los autos 12 y 14 de julio de 2010 por los que se decretó por la magistrado María de los Ángeles Zabala la entrega y registro en Canal Telde, el fiscal argumenta que “no existe motivación fáctica suficiente” para justificar la polémica intervención que llevó a cabo la Guardia Civil y que supuso el precinto y cierre de dos emisoras privadas más y la detención de 9 personas, según ha podido saber TELDEACTUALIDAD.

Según Amor, los informes aportados por la Guardia Civil el 12 de julio, es decir, el mismo día que la jueza decretó la intervención de Canal Telde, PCL Radio y Radio Cibelio, “no constituyen buenas razones o fuertes presunciones de que en Canal Telde indiciariamente se estuviera cometiendo un delito contra la propiedad intelectual”. Pero es más, el fiscal pone el acento en el hecho de que la “única diligencia” que efectuó la Guardia Civil para comprobar la veracidad de la denuncia hecha por un particular consistiera en un dispositivo vigilancia en Canal Telde durante una hora y que únicamente se comprobó que entraban y salían varias personas”.

Para el fiscal, “no constituyen indicios de la comisión de infracción penal alguna que una emisora de radio transmita música con publicidad”. Abunda asimismo en que las manifestaciones del denunciante son “meras conjeturas” al no referirse a hechos precisos y concretos de infracción penal alguna y no aporta ni un solo dato que fundamente la restricción de un derecho fundamental como es la inviolabilidad de domicilio.

Concluye pues que ni las manifestaciones del denunciante ni la diligencia practicada por la Guardia Civil aportan indicios o sospecha de los delitos que se citan en la resolución judicial de la magistrado María de los Ángeles Zabala y mucho menos fundamentar una “medida investigadora que implique el sacrificio de derechos fundamentales”.

En consecuencia, el fiscal Antonio Amor considera nulo de pleno derecho el auto del 12 de julio y las pruebas obtenidas en la entrada y registro en Canal Telde.

Como se recordará, la operación que se fundamentó en el citado auto judicial supuso el cierre y precinto durante dos días de Canal Telde, Radio Cibelio y PCL Radio por supuestos delitos de piratería y por no tener convenio con Agedi, que agrupa a los productores musicales.

Fuente: Telde Actualidad, España

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