El organismo regulador abrió el procedimiento sancionatorio a las emisoras Extrema 97.1 FM y Vida 98.7, por carecer del permiso para funcionar.
Dichas emisoras "no cuentan con la debida habilitación administrativa y concesión", de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, por lo que se acordó la aplicación de las medidas cautelares con carácter provisionalísimo de suspensión de las actividades presuntamente clandestinas e incautación de los equipos y materiales empleados en la realización de dicha actividad, informó el gerente de Operaciones de Conatel, Enrique Quintana, en una nota de prensa de la institución.
Con el objeto de resguardar el derecho a la defensa y al debido proceso que ampara a todos los administrados, se le otorgó a esa sociedad mercantil 15 días hábiles para exponer sus alegatos y defensas, y otros cinco días hábiles para oponerse a las medidas acordadas, como establece la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
El organismo regulador reiteró una vez más su total apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
Fuente: El Universal, Venezuela
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