viernes, 20 de agosto de 2010

ESPAÑA: Cierran cinco emisoras por interferir en Tenerife Sur

La Audiencia Nacional impone sanciones de entre 60.000 y los 90.000 euros a las radios tras comprobar que las antenas de la montaña de Guaza eran un peligro para la seguridad aérea


Montaña de Guaza en la que se puede apreciar la instalación de  varias antenas
Montaña de Guaza en la que se puede apreciar la instalación de varias antenas / dux garuti


SANTA CRUZ DE TENERIFE La Audiencia Nacional ha multado con entre 60.000 y 90.000 euros y ordenado la clausura de las emisoras Radio Económica, Emisora Canaria, Radio Atlántico Sur, Radio en Color SL y Pitti Comunicaciones a causa de las interferencias que las antenas colocadas en la montaña de Guaza, en Arona, ocasionan con las operaciones de las aeronaves en el aeropuerto del Sur.

En todos los casos, la Audiencia considera demostrado que "las emisiones, procedentes de emisoras de radiodifusión sonora con modulación de frecuencia no autorizadas, situadas en la zona próxima al aeropuerto de Tenerife Sur, causan productos de intermodulación que producen interferencias en la frecuencia utilizada en las maniobras de aproximación de las aeronaves del citado aeropuerto, con grave peligro que puede suponer para la seguridad de las personas".

La Agencia Española de Navegación Aérea (AENA) hizo constar que, en algunos casos, cuando los aviones vuelan sobre el mar a unos 400 pies de altura, ciertas aeronaves detectaban un ruido permanente en una de las frecuencias, especialmente tras el despegue hacia el este, situación que ocasionó la puesta fuera de servicio de la frecuencia interferida.

En el caso de Radio Económica se impusieron tres multas de 30.000 euros cada al demostrarse que emitía sin tener título habilitante. La estación no fue capaz de presentar ningún tipo de prueba a su favor. De esta manera, la Audiencia ratificó las tres sanciones impuestas.
Lo mismo ocurrió con la Emisora Canaria que también fue objeto en primera instancia de la imposición de las mismas tres sanciones por valor de 90.000 euros, aunque finalmente la multa quedó reducida a 60.000 euros y la clausura o precintado de las instalaciones de la emisora. En este caso el abogado del Estado alegó que el Ministerio de Ciencia y Tecnología tiene la competencia en la inspección de los servicios de las redes de telecomunicaciones, de sus condiciones de prestación, de los equipos, de los aparatos, de las instalaciones y de los sistemas civiles.

Además, argumentó que existía un alto grado de ocupación de la banda asignada al servicio de radiodifusión sonora por emisiones con un alto nivel de señales originadas en la montaña de Guaza, "la mayoría de ellas no autorizadas". Estas emisiones, tal y como se pudo demostrar ante el alto tribunal, "hacen que se produzcan y escuchen productos de intermodulación en la banda aeronáutica produciendo saturación de señal, manifestándose en forma de perturbaciones sobre el funcionamiento normal en los receptores de las aeronaves, principalmente en las proximidades, en altura y distancia del aeropuerto".

En cuanto a Radio Atlántico Sur, las multas impuestas ascendieron también a 90.000 euros, que se redujeron igualmente a 60.000 al final del procedimiento. En esta ocasión se pudo demostrar que la emisora utilizó frecuencias y la instalación de estaciones radioeléctricas sin autorización y produjo interferencias perjudiciales para la actividad del aeropuerto.

La empresa alegó la prevalencia del título autonómico y de las competencias del Gobierno canario correspondiente a la radio y televisión como medios de comunicación sociales, de manera que el Ministerio no podía imponer las correspondientes sanciones.
Por su parte, el jefe provincial de inspección demostró que las emisoras instaladas en la Montaña de Guaza habían causado interferencias en las operaciones de aproximación de las aeronaves al aeropuerto.

Igual suerte corrió Radio en Color. A esta empresa se le impusieron tres sanciones de carácter grave por valor de 90.000 euros y que fueron reducidas a dos de 30.000 cada una, ya que en este caso no se pudo demostrar que las molestias venían de sus antenas.

Fuente: La Opinión, España

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