viernes, 24 de septiembre de 2010

ESPAÑA: Admiten la querella contra la jueza que ordenó el cierre de tres emisoras en Telde

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias admitió ayer a trámite la querella presentada por el Ayuntamiento de Telde contra la magistrada María de los Ángeles Zabala Sanz, jueza titular del Juzgado de Instrucción número seis de Telde, que ordenó la intervención policial y el cierre de tres emisoras radiofónicas de este municipio grancanario, por un delito de prevaricación judicial y contra el ejercicio de derechos cívicos fundamentales.
 
La intervención judicial de las emisoras el pasado mes de julio se saldó con nueve detenidos, todos ellos puestos en libertad a las pocas horas, y también se requisó material informático y electrónico, lo que impidió a las emisoras continuar con sus emisiones. Los arrestados prestaron declaración en las dependencias de la Benemérita durante varias horas antes de ser puestos en libertad.
 
Agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil intervinieron dichas emisoras para investigar la presunta comisión de varios delitos, relacionados con la propiedad intelectual y los derechos de autor. La actuación de los agentes, provistos de mandamiento judicial, se llevó a cabo en las emisoras PCL Radio, Radio Cibelio y Canal Telde, emisora pública municipal.
 
Fuentes cercanas al caso aseguran que el magistrado Fernando de Lorenzo será designado para llevar a cabo la instrucción por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, órgano judicial encargado de estas investigaciones toda vez que María de los Ángeles Zabala tiene la condición de aforada como magistrada.
 
El Ayuntamiento de Telde acordó por unanimidad emprender acciones legales de orden penal, civil y administrativo contra los responsables del «precinto indebido» de la emisora municipal, entendiendo que la acción llevada por la Guardia Civil «vulneró» derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española. 
 
El informe de la Asesoría Jurídica establecía que existía una evidente contradicción entre lo solicitado por el equipo de Policía Judicial de la Guardia Civil, en su oficio de 8 de julio de 2010 —que incluía la intervención o precinto de cuantos aparatos se estén utilizando en la comisión del delito para la emisión y retransmisión de la obra y grabaciones— y lo acordado en el auto de 14 de julio de 2010, donde se aclara que «no se limita de ninguna forma» la emisión o radiodifusión de cualquier otro contenido que no esté protegido por la propiedad intelectual.
 
Fuente: ABC, España

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