domingo, 11 de julio de 2010

ESPAÑA: Advierten al Gobierno de Canarias que no puede clasurar emisoras de radio por Decreto

Critica que Martín Marrero tilde de piratas a los medios porque esta aseveración criminaliza a emisoras que están prestando un servicio a la sociedad en la defensa del derecho a la información, a la libertad de expresión y a la conformación de una opinión libre y democrática

ImageJosé Manuel Rivero, miembro del colectivo jurista Justicia y Sociedad, analizó en La Trapera de Radio San Borondón la confirmación este jueves por parte del portavoz del ejecutivo canario, Martín Marrero de que “durante el presente mes de julio” se convocará el concurso para otorgar las licencias radiofónicas de Frecuencia Modulada (FM) y advierte que estará pendiente de la regulación de este nuevo Decreto que puede incurrir en invasión de competencias del órgano legislativo y vulnerar la reserva de Ley que la constitución establece en materia de libertad de prensa y, por tanto, adelanta que previsiblemente, si esto sucediera, no se descarta la presentación de un nuevo recurso.

José Manuel Rivero afirma que esta convocatoria del gobierno canario no es sorprendente a la vista de que también en esta semana se había notificado al Centro de la Cultura Popular Canaria (CCPC) la desestimación del recurso contencioso-administrativo que esta institución había presentado contra el Decreto aprobado el pasado año por el ejecutivo donde regulaba las emisoras de Frecuencia Modulada (FM) para la cuestión de la concesión de las licencias.

Desde su punto de vista, es evidente que el Gobierno estaba esperando la resolución del recurso interpuesto por el CCPC, así como otro recurso interpuesto por la Federación Los Menceyes-Radio Geneto contra dicho Decreto de junio de 2009 y añade que con respecto a la desestimación del recurso del Centro de la Cultura opina que la sentencia no tiene ni eficacia ni trascendencia práctica de ningún tipo porque con la puesta en marcha por parte del Estado de la Ley Audiovisual las adjudicaciones de radiodifusión de FM no pueden hacerse a través de concurso sino a través de licencias, cuando el mencionado Decreto estaba dirigido para los concursos, pero al modificarse la Ley estatal, el Decreto queda sin efecto.

El abogado señala que el recurso interpuesto por el CCPC ha sido desestimado de manera totalmente insostenible, porque cuando se argumentó que la materia que regulaba ese Decreto de 2009 es materia de reserva de Ley, por cuanto afectaba a contenidos del derecho a la libertad de expresión y del derecho a la información, es decir, la libertad de prensa y ese decreto regulaba contenidos de esos derechos fundamentales, cuando además en la constitución española se establece que son cuestiones sometidas a Ley, esto es, por norma establecida y elaborada por el órgano de expresión de la soberanía popular, el Parlamento, y nunca puede ser por Decreto, que es la norma de rango inferior que dicta el ejecutivo.

Sostiene que la manera de salvaguardar el asunto en la Sala de lo Contencioso Administrativo para mantener ese Decreto y desestimar el recurso del CCPC fue una argumentación en el sentido de que los derechos fundamentales esgrimidos son principios programáticos cuando sin embargo forman parte del articulado, pero añade que en cualquier caso esta sentencia desestimatoria no tiene ningún efecto práctico, da una serie de pautas que hay que vigilar muy de cerca por cuanto que la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo no descarta que los decretos que afecten a derechos fundamentales se excedan en sus competencias y puedan ser anulados.

José Manuel Rivero advierte que estará pendiente de la regulación de este nuevo Decreto que el Gobierno pretende sacar en julio, puesto que según la teoría plasmada en dicha sentencia desestimatoria del recurso del CCPC pone en aviso que puede incurrir en invasión de compatencias del órgano legislativo, es decir, que vulneren la reserva de Ley que la constitución establece en materia de libertad de prensa y, por tanto, adelanta que previsiblemente, si esto sucediera, no se descarta la presentación de un nuevo recurso.

El abogado mantiene su observación sobre el hecho de que la materia que afecte a derechos fundamentales, en este caso la libertad de prensa, tiene que ser regulada por Ley y no por Decreto y máxime cuando desde hace años están emitiendo muchas emisoras, porque no se puede negar la existencia de una realidad que son emisoras que no son piratas como dijera el portavoz Martín Marrero, porque esa aseveración criminaliza a medios que están prestando un servicio a la sociedad en la defensa del derecho a la información, a la libertad de expresión y a la conformación de una opinión libre y democrática, por tanto, hay una realidad palpable que es el ejercicio de derechos fundamentales a través de medios de comunicación, medios que por un mero decreto no se pueden clausurar.

José Manuel Rivero critica además las amenazas veladas del portavoz del Gobierno cuandio dijo que iba a acabar con las emisoras piratas, ya que incide en la afirmación de que su ejecutivo no puede clausurar emisoras de radio por decreto y menos cuando esos medios vienen ejercitando desde hace años la defensa de derechos fundamantales.

Fuente: Revista Digital San Borondón

No hay comentarios: